Nacional Por: Gonzalo Mohamad30 de marzo de 2026

Revés para el Gobierno: la Justicia suspendió más de 80 artículos de la reforma laboral

Un juez laboral hizo lugar a una cautelar presentada por la CGT y suspendió provisoriamente artículos de la reforma laboral mientras se analiza su constitucionalidad.
 

Un juez del fuero laboral resolvió hacer lugar a una medida cautelar solicitada por la Confederación General del Trabajo (CGT) y suspendió la vigencia de distintos artículos de la reforma laboral impulsada por el Gobierno nacional. La decisión fue adoptada en el marco de una causa iniciada por la central obrera contra el Estado y tiene carácter provisorio.

La resolución, firmada el 30 de marzo, establece que la suspensión regirá mientras se tramita el proceso principal en el que la CGT busca que se declare la invalidez constitucional de los cambios introducidos. El juzgado dispuso “hacer lugar a la medida cautelar innovativa” y ordenar la inscripción del expediente en el Registro Público de Procesos Colectivos, además de notificar a las partes.

El planteo había sido presentado por la central sindical mediante una acción declarativa contra el Poder Ejecutivo para que se analice la constitucionalidad de varios puntos de la reforma. Según consta en el expediente, la demanda apunta a artículos que modifican disposiciones de la Ley de Contrato de Trabajo y otros regímenes vinculados al ámbito laboral.

De acuerdo con el fallo, la acción fue promovida por la CGT en representación de trabajadores y trabajadoras de todo el país, al tratarse de un reclamo de carácter colectivo. El tribunal consideró que las normas cuestionadas regulan tanto relaciones laborales individuales como colectivas.

En su análisis preliminar, el juez explicó que para dictar una medida cautelar no es necesario contar con certeza absoluta sobre el derecho invocado. Señaló que basta con verificar la existencia de una apariencia razonable del derecho y un posible riesgo de daño, lo que justificó la suspensión provisoria de las disposiciones hasta que haya una sentencia definitiva.

El fallo también aborda el planteo del Estado nacional, que advirtió que suspender una ley aprobada por el Congreso podría afectar el interés público y las políticas legislativas. Sin embargo, el magistrado sostuvo que el control de constitucionalidad forma parte de las funciones del Poder Judicial y que la intervención judicial busca garantizar el respeto a la Constitución y el equilibrio entre los poderes del Estado.

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