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En la Argentina, el voto es obligatorio para todos los ciudadanos mayores de 18 y menores de 70 años. No participar sin justificar puede generar multas de entre $50 y $500, según la cantidad de infracciones previas. La primera omisión cuesta $50, mientras que la quinta o más asciende a $500.

Estas sanciones se aplican a quienes no presentan la justificación dentro de los 60 días posteriores a los comicios. El nombre del elector se incorpora al Registro de Infractores al Deber de Votar. Este registro sirve como constancia administrativa de incumplimiento.
La ley permite presentar causales válidas que eximan de la multa. Los documentos deben entregarse dentro del plazo de 60 días hábiles ante la Justicia Electoral. El trámite puede realizarse de forma digital a través del portal oficial.
Entre las pruebas aceptadas se incluyen certificados médicos, constancias policiales, documentación laboral o acreditaciones de fiscal o personal electoral. Una vez evaluada, la Justicia Electoral puede exonerar al ciudadano de la sanción. Es fundamental presentar la documentación correcta para evitar problemas futuros.
Para saber si se figura en el Registro de Infractores, se puede ingresar a infractores.padron.gob.ar. Allí se completan los datos personales y se verifica la situación registral. Si corresponde, también se indica cómo presentar la justificación y regularizar la situación.
En resumen, la normativa busca garantizar la obligatoriedad del voto sin perjudicar a quienes tuvieron motivos legítimos para ausentarse. Combina sanciones económicas con mecanismos administrativos de regularización. De esta forma, se protege tanto la participación cívica como los derechos de los ciudadanos.

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