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El Juzgado Federal de Campana intimó al Gobierno nacional a demostrar avances reales en la aplicación de la Ley de Emergencia en Discapacidad. La resolución fijó un plazo de cinco días hábiles para presentar documentación concreta que respalde el cumplimiento efectivo de la norma vigente. La medida judicial se dictó dentro de un amparo colectivo iniciado por demoras persistentes en la ejecución de políticas públicas obligatorias. En consecuencia, el Poder Ejecutivo y el Ministerio de Salud quedaron formalmente alcanzados por la exigencia judicial inmediata. De este modo, la Justicia buscó acelerar respuestas frente a reclamos acumulados desde hace varios meses.

El origen de la causa se vinculó con la presentación de un padre que actuó en representación de sus hijos con discapacidad. Posteriormente, el expediente sumó el acompañamiento de organizaciones sociales y del Ministerio Público, consolidando su carácter colectivo. En ese marco, el juez Adrián González Charvay exigió respaldos materiales y descartó informes meramente declarativos sin sustento comprobable. El magistrado aclaró que no serán válidos escritos basados en “evaluaciones”, “análisis” o “proyectos” sin documentación verificable. Así, la resolución estableció criterios estrictos para valorar el cumplimiento estatal.
La intimación incluyó un apercibimiento expreso ante un eventual incumplimiento de las órdenes judiciales impartidas al Estado nacional. Entre las posibles sanciones, el juzgado advirtió que podría aplicar multas personales a los funcionarios responsables de la ejecución. Además, aunque el Gobierno apeló la resolución, el recurso fue concedido con efecto devolutivo y sin suspensión de obligaciones. Por lo tanto, la apelación no impidió que el Ejecutivo deba cumplir inmediatamente con lo ordenado por la Justicia. Esta decisión reforzó el carácter urgente del mandato judicial.
En el expediente N° 44035/2025 intervienen también la Asociación Civil por la Igualdad y la Justicia y la Asesora de Menores. Para validar el cumplimiento, la Justicia exigió la actualización de aranceles a prestadores con vigencia desde enero de 2025. También reclamó un plan de pago de compensaciones adeudadas y la apertura del plan ARCA para refinanciar deudas acumuladas. Asimismo, ordenó la publicación del decreto reglamentario de la ley, que registra un atraso administrativo de tres meses. De esta manera, el fallo detalló condiciones concretas e ineludibles.
El Juzgado fijó como fecha límite para la plena ejecución de la norma el próximo 4 de febrero de 2026.
Para entonces, el sistema deberá funcionar con aranceles liquidados, planes de pago activos y el marco reglamentario vigente. Como parte del control judicial, una auditoría revisó el expediente administrativo correspondiente al cumplimiento de la ley. Ese informe confirmó que el trámite permanece sin avances desde el 3 de enero de 2026. Así, la falta de movimiento quedó formalmente acreditada ante la Justicia.
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