Nacional Por: Canal 1006 de octubre de 2026

La Justicia ordenó al Gobierno aplicar la Ley de Financiamiento Universitario

El juez federal Martín Cormick declaró inconstitucional una cláusula del Decreto 759/2025 que suspendía la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario.

El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 11 declaró inconstitucional una cláusula del Decreto 759/2025, firmado por el presidente Javier Milei, que suspendía la ejecución de la Ley de Financiamiento Universitario. La resolución hizo lugar a los amparos presentados por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN) y la Universidad de Buenos Aires (UBA), y ordenó la aplicación inmediata de la norma.

El juez federal Martín Cormick invalidó el dispositivo que condicionaba el presupuesto universitario a la Ley de Administración Financiera. La cláusula dejaba en suspenso la asignación de fondos hasta que el Congreso aprobara partidas presupuestarias específicas.

En su veredicto, el magistrado sostuvo que el accionar del Ejecutivo constituyó un “mecanismo extraconstitucional” de bloqueo no contemplado en la Constitución Nacional. Además, señaló que la propia legislación establece criterios adecuados para la redistribución de los recursos indispensables.

Para fundamentar la viabilidad financiera de la Ley 27.795, el fallo citó un informe de la Oficina de Presupuesto del Congreso. Según ese análisis, el costo integral de la medida equivale al 0,23% del PBI correspondiente al año 2025.

La norma restituida obliga al Gobierno a destinar partidas garantizadas para el programa “Desarrollo de la Educación Superior”, con el objetivo de asegurar la permanencia estudiantil y reforzar las áreas de investigación, tecnología y extensión universitaria. También establece la actualización periódica de los salarios docentes mediante el Índice de Precios al Consumidor (IPC) y la incorporación de montos no remunerativos a los haberes básicos del personal.

La ley había sido aprobada originalmente por el Congreso y vetada por la Casa Rosada en 2025. Tras la insistencia de ambas Cámaras, el Ejecutivo promulgó la norma, pero congeló sus efectos mediante el decreto reglamentario; ahora, la sentencia de primera instancia exige dictar las normas ejecutorias necesarias para garantizar su cumplimiento inmediato, aunque el Estado nacional podría apelar la resolución.

Lee también: 

Te puede interesar

Javier Milei encabeza este lunes una reunión de Gabinete

El encuentro se desarrolla desde las 10 en Casa Rosada, con el objetivo de retomar la agenda de trabajo y analizar los objetivos legislativos para el último trimestre del año.

Las ventas de motos crecieron un 35% en septiembre

El mercado de motovehículos registró un crecimiento interanual del 35,1% y acumuló más de 668.000 patentamientos en los primeros nueve meses de 2026.

El consumo de carne de cerdo alcanzó los 20 kilos por habitante

El consumo de carne porcina se duplicó en Argentina. Desde el sector advierten que, si se contempla la producción informal, la cifra podría alcanzar los 24 kilos anuales por persona.

García Cuerva: “El Papa se va a encontrar con una Argentina herida”

El arzobispo de Buenos Aires analizó el contexto social y político que encontrará el Sumo Pontífice durante su visita a la Argentina en noviembre.

Demoraron a Máximo Kirchner en San Luis durante un control

El diputado nacional viajaba hacia San Juan cuando la Policía detectó un pedido judicial sobre el vehículo en el que se trasladaba.

Cruces e insultos en el debate sobre Malvinas en Diputados

El tratamiento del proyecto de Defensa de la Soberanía de Malvinas comenzó con fuertes enfrentamientos entre legisladores. 

Tras el fallo de la Corte, el Gobierno negocia con aliados para sostener el DNU 70/2023

Como parte de la estrategia, el oficialismo analiza incorporar cambios sobre la Ley de Tierras al proyecto de Propiedad Privada para conseguir respaldo.

La Corte Suprema revocó el fallo sobre la Ley de Tierras

El máximo tribunal rechazó la demanda del CECIM por falta de legitimación y dejó vigente la derogación dispuesta por el DNU 70/2023.