
La SAT prolongó el plazo para adherirse al plan de pagos y ordenó la atención en sus oficinas. Los usuarios podrán financiar deudas y cargar datos online.
El Gobierno oficializa un nuevo esquema de actualización del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) que regirá desde noviembre de 2025 hasta agosto de 2026. La decisión surge mediante la Resolución 9/2025, publicada en el Boletín Oficial, e impone un incremento unilateral tras el desacuerdo entre representantes sindicales y empresariales. Además, la medida redefine el sistema de prestaciones por desempleo con parámetros vinculados a los valores vigentes del ingreso mínimo.
La Secretaría de Trabajo explica que adoptó la medida luego del fracaso de la reunión del Consejo del Salario convocada para el 26 de noviembre. La discusión se realizó por videoconferencia y reunió propuestas alternativas de sindicatos y empleadores, aunque ninguna alcanzó consenso mayoritario. Por ese motivo, la autoridad laboral resolvió fijar los aumentos necesarios para garantizar la actualización del piso salarial.
El esquema establece diez tramos mensuales que se aplicarán de manera automática. El monto inicial para noviembre de 2025 se fija en $328.400 para trabajadores mensualizados con jornada completa, mientras que quienes perciben ingreso por hora arrancan con $1642. El alcance incluye a empleados regidos por la Ley de Contrato de Trabajo, al personal agrario y a la administración pública nacional. Además, las jornadas reducidas mantienen adaptaciones proporcionales.

Las subas continúan desde diciembre con un piso de $334.800 y ascienden a $341.000 en enero de 2026. El salario mínimo llega a $346.800 en febrero y avanza a $352.400 en marzo. Luego se incrementa a $357.800 en abril y sube a $363.000 en mayo. En junio se ubica en $367.800 y en julio alcanza los $372.400. El tramo final, previsto para el 1 de agosto, eleva el SMVM a $376.600 y completa la secuencia mensual definida por el Ejecutivo.
Los valores horarios acompañan la misma progresión. Desde diciembre ascienden a $1674 y se actualizan a $1705 en enero. En febrero alcanzan $1734 y avanzan a $1762 en marzo. Luego suben a $1789 en abril y llegan a $1815 en mayo. En junio marcan $1839 y en julio trepan a $1862. Finalmente, a partir de agosto se ubican en $1883 para completar el cronograma de incrementos laborales.
La resolución también modifica la base de cálculo de la prestación por desempleo. El beneficio se determina como el 75% del salario mensual neto más alto que el trabajador percibió durante los últimos seis meses laborales. Además, el monto deberá respetar límites asociados al SMVM y no podrá ubicarse por debajo del 50% ni superar el 100% del valor vigente. Con la resolución ya emitida, la Secretaría de Trabajo procederá a su registro y publicación para asegurar su plena vigencia.

La SAT prolongó el plazo para adherirse al plan de pagos y ordenó la atención en sus oficinas. Los usuarios podrán financiar deudas y cargar datos online.

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